Noticias de Michoacán
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La postura de Ricardo Luna desgasta al partido: Manuel Duarte Daniel Díaz "Cambio de Michoacán" Miércoles 11 de Octubre de 2006 El vicecoordinador de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Manuel Duarte Ramírez, aseguró que el objetivo que se ha planteado Ricardo Luna García para descalificar la reforma constitucional "sólo desgasta al partido". No obstante, consideró que antes de que concluya el término legal para impugnar la reforma, "será probablemente el partido a nivel nacional quien interponga el recurso de revisión constitucional". Esa posibilidad, dijo el legislador en entrevista por separado, se debe a que el escenario de ampliación del periodo de ocho meses que tanto los propios integrantes de la LXX Legislatura del Congreso del Estado como los 113 presidentes municipales "aceptamos" es, en consecuencia, "la parte más endeble de la reforma" y lo que ha generado controversias entre varios sectores de la sociedad. "A veces es preferible recibir críticas sobre las reformas que promovemos los integrantes del Poder Legislativo, lo que si no es deseable es recibir críticas por haber dejado un proyecto importante de reforma congelado", justificó el perredista, aunque sucesivamente aceptó que a la fracción de su partido le hizo falta "tacto político" para informar a los militantes sobre las implicaciones y, por qué no, "el riesgo de la reforma". Según Duarte Ramírez, los conflictos internos o divisiones del PRD se han dado fuera de un proceso de descomposición, más bien, "las diferencias responden a un ejercicio democrático, aunque claro, es una incoherencia que primero el dirigente del partido (Armando Hurtado Arévalo) firme el acuerdo político y que ahora algunos secretarios, como Ricardo Luna García, visiten a los dirigentes de los comités municipales con la firme intención de desgastar el partido rechazando a priori la reforma". "¿Por qué signamos el acuerdo político en esas condiciones?", se pregunta el legislador perredista, "porque se iba a politizar el tema de la reforma constitucional y el tema de la reforma electoral (elecciones concurrentes), creo que uno de los tantos problemas es que todavía no hay una ciudadanía militante politizada", explicó. El perredista aceptó que el rechazo a la reforma electoral que contempla la ampliación de los periodos para diputados y presidentes municipales, se deriva porque "existen muchos presidentes municipales que han levantado la sospecha de corrupción en sus administraciones, ése es otro de los problemas que debemos aceptar", insistió. Por último, Duarte Ramírez consideró que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no revoca la reforma constitucional -"a petición del propio PRD u otro partido político"- que en ejercicio de sus funciones la LXX Legislatura realizó en el pasado mes de agosto, la fracción de su partido deberá promover como parte de la reforma electoral, las figuras del plebiscito y la revocación de mandato "y todo lo necesario para dar certeza a los ciudadanos". --------------> Los contribuyentes indefensos Miguel Ángel Granados Chapa Plaza Pública Se salió con la suya el presidente Fox: durante su sexenio no funcionará un instrumento legal para la defensa del contribuyente. Primero vetó la ley que lo establecería, pero como el Congreso insistió y le ordenó su publicación, el Ejecutivo elude ahora su cumplimiento mediante la presentación de una controversia constitucional. La senadora priista Marta Tamayo presentó en diciembre de 2003 una iniciativa de ley para crear la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Era obvia la intención de dotar a los ciudadanos que a menudo se encuentran inermes ante el fisco un instrumento orgánico para enfrentar las arbitrariedades del sistema tributario, algo que en condiciones normales es asequible sólo a contribuyentes poderosos, que derrotan al gobierno cuando reclaman devolución de impuestos o cuando buscan eludirlos. El proyecto corrió de inmediato en el Senado pero sólo hasta abril de 2005 lo aprobó la Cámara de Diputados, y fue enviado al Ejecutivo, que lo retuvo dos meses y finalmente le formuló observaciones, es decir lo vetó. A diferencia de otras oportunidades en que ese poder presidencial ha sido utilizado como una especie de extensión del debate legislativo pues el Presidente objeta normas a que las bancadas panistas se opusieron, en esta ocasión tanto en el Senado como en San Lázaro las comisiones de Hacienda, encabezadas por los panistas Fawzi Handam y Gustavo Madero, habían acogido la iniciativa de la senadora Tamayo, la modificaron en términos que tuvieron general aceptación y se sumaron al resto de las fracciones en su aprobación. Por eso la votación favorable fue casi unánime. Por ejemplo, en la Cámara de Diputados tuvo 354 votos en pro, ninguno en contra y sólo una abstención. Pero esa procuraduría no es grata en la Secretaría de Hacienda, que si bien cuenta con mecanismos de atención a los causantes, en general ejerce sus funciones del modo imperativo que le permiten las leyes y que da lugar a lo que a menudo se denomina terrorismo fiscal. Con el argumento de que un nuevo órgano en materia tributaria amén de costoso y redundante (pues en cierto modo entraría en el ámbito del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa) podría dañar los montos de la recaudación, se objetó el nuevo instrumento. Todas eran falacias, especialmente la última, pues el mecanismo estaba concebido para servir a los contribuyentes de recursos tales que no les permiten pagar defensa privada, eficaz pero onerosa. Por eso en el proyecto original se había fijado un límite para los asuntos que conocería el nuevo organismo, cuya cuantía no debe exceder a los siete mil salarios mínimos al año. El argumento formal utilizado por el Ejecutivo para su veto consistió en denunciar la autonomía presupuestaria atribuida en la ley a la Procuraduría. Se echa de ver ahora con claridad que se trataba sólo de un argumento dilatorio, de dejar que pasara el tiempo antes de instrumentar las funciones de defensa del causante. Quizá en ese entendido el Senado aprobó de nuevo la ley en septiembre del año pasado, y lo mismo hicieron los diputados en abril pasado. Esta vez el presidente Fox se vio obligado a publicar la ley y a comenzar su cumplimiento. Hizo lo primero el 4 de septiembre, pero no lo segundo. El paso inicial tras el comienzo de la vigencia de la nueva norma consistía en designar al titular de la Procuraduría, que correspondía hacer al Ejecutivo ante el Senado de la República, en un plazo de 30 días. Cuando ese término venció, en vez de hacer las propuestas respectivas, el Presidente decidió combatir de nuevo la ley, esta vez mediante una controversia constitucional. De su inicio se notificó al Senado el viernes pasado. Esta vez el Presidente objeta los artículos nueve y doce de la ley, referidos a la designación del procurador y de los integrantes del órgano de gobierno. El argumento de la consejería jurídica de la Presidencia consiste en señalar la intromisión del Senado en la esfera de competencia del Ejecutivo. Éste debe presentar a dicha cámara una terna, de cuyos integrantes los senadores elegirán al titular de la Procuraduría. Y los propios legisladores, sin intervención presidencial, designarán a los consejeros independientes del órgano de gobierno, lo que tiene sentido precisamente para garantizar su independencia respecto del Ejecutivo. En realidad, el propósito es que transcurran los días que faltan para que concluya el sexenio (51 a partir de hoy, miércoles 11). Salvo que la controversia fuera desechada de plano por la Corte, lo que obligaría a Fox a acatar la norma y proponer el nombramiento, la tramitación del nuevo recurso proveniente de la casa presidencial llevará no sólo las siete semanas que nos separan del treinta de noviembre sino mucho más, lapso en que no acabará de nacer el indispensable órgano, análogo en su intención y aun en su denominación a la Procuraduría de Defensa del Trabajo, que permite a los asalariados en desamparo promover sus derechos ante los tribunales laborales. El artículo primero de la ley que debió dar vida al organismo nonato le asigna la función de "garantizar el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal, mediante la asesoría, representación y defensa, recepción de quejas y emisión de recomendaciones". Y el segundo lo define como "un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, funcional y de gestión". [+/-] muestra/oculta esta entrada |